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Ramón Barrios respalda resolución que declara inadmisible el antejuicio contra magistrados del TJE y aclara que el caso puede continuar por otra vía legal
El congresista Ramón Enrique Barrios respaldó la decisión del órgano judicial que declaró inadmisible el antejuicio presentado por el Ministerio Público (MP) contra los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE). Barrios explicó que el fallo se fundamenta en la ley y no impide que el caso avance mediante el procedimiento especial aplicable a altos funcionarios del Estado.
Por Administrador
Publicado en 08/11/2025 21:31
Honduras

REDACCIÓN EL REPORTERO HONDURAS

Tegucigalpa, 7 de noviembre de 2025. — El congresista Ramón Enrique Barrios se pronunció este viernes sobre la reciente resolución del órgano colegiado que declaró inadmisible el antejuicio solicitado por el Ministerio Público (MP) contra los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE). Según Barrios, la decisión —aprobada por unanimidad— se basa en una interpretación estricta de la ley que reconoce a los magistrados del TJE como funcionarios con rango equivalente al de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

El legislador explicó que la resolución se apoya en el artículo 47 de la Ley Orgánica y Procesal Electoral y en el artículo 421 del Código Procesal Penal, los cuales regulan la figura del antejuicio. Dichos artículos establecen que los magistrados del TJE gozan de las mismas prerrogativas y responsabilidades que los de la CSJ, lo que implica que cualquier acusación en su contra debe seguir el procedimiento especial previsto en el artículo 414 del Código Procesal Penal.

Comparto plenamente dicha decisión”, expresó Barrios en declaraciones ofrecidas a medios nacionales. “El Ministerio Público debe reconocer que los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral son altos funcionarios del Estado, y por tanto, cualquier acusación en su contra debe tramitarse conforme al procedimiento especial aplicable a estos cargos”.

El congresista subrayó que la inadmisión del antejuicio no implica impunidad ni cierre del caso, sino que responde a una cuestión de forma procesal. “Lo que se ha rechazado es la forma y no el fondo del asunto”, afirmó Barrios. “El Ministerio Público mantiene intacta su facultad de continuar el proceso penal, siempre y cuando lo haga utilizando el mecanismo que la ley establece para este tipo de funcionarios”.

En ese sentido, el también abogado constitucionalista detalló que el Ministerio Público puede presentar la acusación directamente ante la Corte Suprema, haciendo uso de las disposiciones contempladas en los artículos 414 al 417 del Código Procesal Penal, que establecen el procedimiento especial para altos funcionarios del Estado. Este proceso garantiza tanto el derecho a la defensa como la correcta aplicación de la ley, sin vulnerar las prerrogativas constitucionales de los magistrados.

La decisión judicial ha generado debate en los círculos políticos y jurídicos del país. Algunos analistas, como el exfiscal Víctor Fernández, han considerado que el fallo “pone de relieve la importancia de delimitar las competencias del Ministerio Público y de respetar el principio de jerarquía institucional”, mientras que otros sectores de la sociedad civil insisten en que todas las denuncias deben investigarse con independencia y transparencia, sin importar el rango de los involucrados.

El caso ha adquirido especial relevancia debido a su conexión con los procesos electorales en curso. La actuación de los magistrados del TJE es clave en la organización y resolución de controversias electorales, por lo que cualquier proceso judicial en su contra podría tener implicaciones en el desarrollo de las Elecciones Generales 2025. En este contexto, Barrios hizo un llamado a preservar la estabilidad institucional y evitar interpretaciones políticas del caso.

 

“Es fundamental que respetemos los procedimientos establecidos por la ley y que no se utilicen los mecanismos judiciales como herramientas de presión política”, concluyó el congresista. “El Estado de Derecho se fortalece cuando las instituciones actúan conforme al debido proceso y con independencia, especialmente en tiempos electorales”. 

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