Tegucigalpa, Honduras. 6 de noviembre de 2026.- El Estado hondureño contará con un nuevo mecanismo para movilizar los recursos financieros procedentes de incautaciones relacionadas con actividades criminales, luego de que el Congreso Nacional aprobara este jueves un decreto que ordena su centralización en la Cuenta Única del Tesoro (CUT). La disposición alcanza los activos que actualmente permanecen bajo custodia de la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI) y pretende facilitar su posterior distribución entre organismos encargados de la seguridad y la administración de justicia. La iniciativa fue remitida por el Poder Ejecutivo mediante un oficio firmado por el secretario de la Presidencia, Juan Carlos García, el 28 de septiembre de 2026.
La aprobación se produjo mediante dispensa de debate, a solicitud de la vicepresidenta del Legislativo y diputada nacionalista por Ocotepeque, Tania Pinto. La parlamentaria defendió la necesidad de contar con un procedimiento que permita disponer de los recursos con mayor rapidez y fortalecer las capacidades operativas de las instituciones responsables de investigar y perseguir los delitos. Según explicó, los fondos podrán beneficiar a las secretarías de Defensa y Seguridad, el Ministerio Público, el Poder Judicial, la OABI, la Dirección Nacional de Inteligencia e Investigación (NII) y la Agencia Nacional Contra el Crimen (ANC).
Uno de los aspectos más relevantes de la normativa es que el traslado comprenderá dinero en efectivo, depósitos bancarios, títulos valores, intereses, rendimientos financieros e inversiones que se encuentren bajo administración de la OABI. El artículo primero establece que estos activos deberán pasar de manera íntegra e inmediata a la CUT, mediante transferencias bancarias u otros mecanismos electrónicos oficiales. La operación podrá ejecutarse incluso cuando todavía no exista una resolución judicial firme que declare la privación definitiva del dominio o el decomiso de los bienes, circunstancia que coloca las garantías de restitución entre los puntos centrales de la nueva disposición.
La Secretaría de Finanzas (Sefin), en coordinación con la OABI y las entidades financieras involucradas, tendrá un plazo de 30 días, contado a partir de la entrada en vigencia del decreto, para efectuar el traslado de los recursos. Aunque el dinero quedará concentrado en la Cuenta Única del Tesoro, deberá conservar su identificación y trazabilidad para distinguir su procedencia y evitar que se confunda con otros ingresos del Estado. El articulado también contempla la obligación gubernamental de garantizar la restitución íntegra de los activos a sus legítimos propietarios cuando exista una orden de los órganos jurisdiccionales, dentro del plazo establecido en la normativa.
La nueva disposición también incorpora una facilidad administrativa que podría acelerar las compras y contrataciones de las instituciones beneficiarias. A petición de Tania Pinto, se agregó un artículo que autoriza la aplicación de procedimientos sustitutivos de contratación para adquirir equipos, bienes, obras y servicios con estos recursos. La legisladora argumentó que los organismos de investigación y persecución penal necesitan herramientas para responder a las exigencias de las reformas aprobadas en materia de seguridad. No obstante, las entidades receptoras deberán asumir las responsabilidades legales correspondientes y cumplir las obligaciones de rendición de cuentas y fiscalización.
El decreto se articula con la reforma al artículo 78 de la Ley sobre Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito, contenida en el Decreto Legislativo 227-2026, publicado en La Gaceta el 31 de octubre. Esa modificación autorizó la distribución anticipada de hasta el 100 % de determinados activos líquidos incautados, mediante aprobación motivada del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS). La distribución establecida contempla un 25 % para Defensa, otro 25 % para Seguridad, 15 % para el Ministerio Público, 15 % para el Poder Judicial, 10 % para la OABI y 5 % para cada una de las otras dos instituciones beneficiarias: la NII y la ANC.
Sin embargo, la iniciativa también generó observaciones sobre las garantías constitucionales de los propietarios de los bienes incautados. El diputado de Libertad y Refundación (Libre) por Olancho, Marco Ramiro Lobo, manifestó que, aunque considera positiva la intención de fortalecer las instituciones, debe respetarse el principio de presunción de inocencia, especialmente cuando todavía no existe una sentencia firme. Ante esos cuestionamientos, el presidente del Congreso, Tomás Zambrano, sostuvo que la Secretaría de Finanzas actuará como garante de los recursos y deberá respaldar su devolución, incluidos los intereses correspondientes, cuando una resolución judicial favorezca a los particulares.
Una excepción expresa dentro de este esquema es el dinero incautado en el caso de Koriun Inversiones, empresa señalada por un presunto esquema de estafa que afectó a miles de hondureños. Tanto la reforma a la Ley de Privación de Dominio como las disposiciones relacionadas con la utilización anticipada de activos establecen que esos recursos no podrán destinarse al financiamiento de los organismos de seguridad y justicia. Con esta decisión, el Congreso busca poner en funcionamiento un mecanismo que permita utilizar fondos incautados para fortalecer la lucha contra el crimen organizado, mientras permanece abierto el debate sobre los controles, la transparencia, la presunción de inocencia y la protección de los derechos de terceros que puedan reclamar legítimamente esos bienes.