La Corte Suprema de Estados Unidos asestó este viernes un duro golpe a la estrategia arancelaria del presidente Donald Trump al determinar que el Ejecutivo se extralimitó en el uso de poderes de emergencia para imponer gravámenes a socios comerciales. El fallo, adoptado por mayoría de 6 votos contra 3, marca uno de los primeros reveses importantes del segundo mandato del mandatario republicano.
En la opinión mayoritaria, el presidente del tribunal, John Roberts, sostuvo que el Gobierno no posee facultades inherentes en tiempos de paz para fijar aranceles amparándose en la Ley de Poderes de Emergencia Económica Internacional (IEEPA) de 1977. Según el Supremo, dicha interpretación ampliaba de forma indebida las atribuciones del Ejecutivo.
El tribunal concluyó que permitir ese uso de la IEEPA supondría delegar de manera excesiva en el presidente una competencia tributaria que la Constitución reserva al Congreso. En su análisis, los magistrados señalaron que los aranceles constituyen en la práctica un tipo de impuesto que recae sobre los ciudadanos y las empresas importadoras.
El bloque disidente estuvo conformado por los jueces Samuel Alito, Clarence Thomas y Brett Kavanaugh, quienes defendieron una lectura más amplia de la ley de 1977. A su juicio, el presidente sí puede recurrir a esa normativa cuando los aranceles formen parte de una estrategia de política exterior.
Aunque la decisión limita el recurso a la IEEPA, no impide que la Administración imponga gravámenes bajo otras disposiciones legales. Funcionarios federales han adelantado que buscarán preservar el esquema arancelario mediante fundamentos jurídicos alternativos.
Queda en el aire, sin embargo, la posibilidad de que importadores que pagaron los aranceles más elevados puedan solicitar reembolsos, lo que implicaría miles de millones de dólares. El propio Trump reconoció previamente que una eventual devolución masiva sería “prácticamente imposible” de ejecutar.
El litigio tiene antecedentes en una demanda presentada por pequeñas empresas importadoras. En agosto pasado, una corte de apelaciones del Circuito Federal ya había determinado que el mandatario no estaba autorizado a imponer los llamados “aranceles recíprocos”, que alcanzaban hasta el 50 % para países como Brasil e India y un mínimo del 10 % para el Reino Unido y varias naciones latinoamericanas.
Asimismo, ese tribunal cuestionó la legalidad del arancel del 25 % aplicado a determinados productos de Canadá, China y México bajo el argumento de que esos países no hacían lo suficiente para frenar el tráfico de fentanilo hacia Estados Unidos. No obstante, permitió que las medidas siguieran vigentes mientras el caso era revisado por el Supremo, cuya decisión ahora redefine los límites del poder presidencial en materia comercial.