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Congreso limita embargos sobre transferencias municipales: máximo 30%
El Congreso Nacional aprobó por unanimidad una reforma a la Ley de Municipalidades que protege los recursos de las alcaldías, estableciendo un tope del 30% a los embargos judiciales sobre las transferencias del Gobierno central, garantizando así la continuidad de los servicios esenciales.
Por Administrador
Publicado en 12/03/2026 20:43 • Actualizado 12/03/2026 20:43
CONGRESO NACIONAL

El Congreso Nacional dio luz verde este jueves a una reforma por adición a la Ley de Municipalidades, que establece un límite del 30% a los embargos judiciales sobre las transferencias que las alcaldías reciben del Gobierno central. La medida busca proteger la sostenibilidad financiera municipal y asegurar la continuidad de los servicios básicos en todo el país.

La incorporación del artículo 91-A protege las transferencias municipales frente a ejecuciones judiciales, buscando un equilibrio entre el cobro de deudas consolidadas y el interés público. De esta manera, se prioriza la prestación de servicios esenciales sin afectar la administración local.

El presidente del Congreso, Tomás Zambrano, presentó la reforma durante la XXXV Asamblea de la Asociación de Municipios de Honduras (Amhon) en Tela, Atlántida, el miércoles anterior. La iniciativa fue aprobada por unanimidad en sesión plenaria, lo que refleja consenso político en torno a la necesidad de resguardar los fondos municipales.

Carlos Cano, presidente de la Comisión de Asuntos Municipales y jefe de la bancada nacionalista, destacó que muchas municipalidades actualmente no reciben fondos debido a embargos judiciales, y que la reforma permitirá a los alcaldes disponer de recursos para atender salarios, servicios públicos y proyectos de infraestructura.

Actualmente, más de 70 municipalidades enfrentan embargos judiciales que superan los 1.200 millones de lempiras, según cifras de la Amhon. En algunos casos, las retenciones alcanzan hasta el 100% de las transferencias, afectando gravemente el funcionamiento de las alcaldías y la calidad de los servicios que reciben los ciudadanos.

La norma establece que ningún juez podrá afectar más del 30% de las transferencias municipales y protege además recursos específicos: el 1% destinado al Fondo de Transparencia Municipal y otro 1% correspondiente a la Amhon. Estas excepciones buscan garantizar que se mantengan fondos estratégicos para la supervisión y la coordinación municipal.

El artículo 91-A también contempla que todas las instancias judiciales tienen la obligación de verificar el cumplimiento de la medida. La alcaldía llevará un registro anual de los embargos, evitando que el porcentaje límite sea superado por la suma de diferentes procesos.

En caso de incumplimiento, los jueces que no respeten la disposición podrán enfrentar responsabilidad civil, administrativa y penal. Zambrano subrayó que la medida es vinculante y su incumplimiento no será tolerado, reforzando la seguridad jurídica de los municipios.

La reforma se presenta como una herramienta clave para garantizar la estabilidad financiera de las alcaldías, permitir la continuidad de proyectos y proteger los intereses de la población ante embargos que durante años han afectado la operatividad de los municipios.

Organizaciones municipales y líderes locales han aplaudido la medida, considerándola un paso significativo hacia la autonomía y fortalecimiento de la gestión local, especialmente en el contexto de deudas judiciales que amenazaban con paralizar la administración municipal.

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